Banco Wiese Sudameris correspondientes a la participación de los ex accionistas
mayoritarios del Banco Wiese Ltdo. por US$ 28.3 millones.
Se establece que una vez efectuada la negociación antes detallada, la exposición
del Estado fue la siguiente:
Cuadro 4: Exposición del Estado en el Banco Wiese Sudameris
PARTICIPACIÓN
EXPOSICION AL 30-06-99
US$
EXPOSICION AL 31-08-01
US$
25’200,000
26’800,000
52’000,000
195’700,000
- 28’300,000
0
167’400,000
219’400,000
25’200,000
26’800,000
52’000,000
195’700,000
- 28’300,000
25’700,000
193’100,000
245’100,000
Acciones preferentes
Acciones comunes
Exposición neta parcial en acciones
Aval del Estado por US$ 189 millones (*)
En garantía 137 476 852 acciones comunes
Intereses devengados del pagaré
Exposición neta parcial del aval
Total exposición del Estado
(*) Pagaré actualizado por una tasa TIPMEX + 2 puntos
porcentuales
3.4
Programa de Consolidación Patrimonial
Por Decreto de Urgencia N° 034-99 se creó el Programa de Consolidación Patrimonial,
destinado al fortalecimiento de las empresas de operaciones múltiples del Sistema
Financiero Nacional. Esta norma contempló dos medidas de apoyo a las entidades que se
acogiesen:
- La suscripción temporal de acciones representativas del capital social.
-
El otorgamiento de la garantía de la República del Perú, a efectos de respaldar el
valor de los activos.
Los objetivos principales del programa eran los siguientes:
-
Proteger a los depositantes y acreedores del Sistema Financiero Nacional y no a
los accionistas de las empresas conformantes del mismo.
Proteger la estabilidad del Sistema Financiero Nacional, evitando un posible inicio
y propagación de riesgo sistémico.
Minimizar los costos en los que podría incurrir el Estado, según las distintas
alternativas disponibles para enfrentar la posibilidad del riesgo sistémico.
Para implementar el otorgamiento de la garantía de la República del Perú, mediante
Decreto de Urgencia N° 034-99, se autorizó a la Dirección General de Crédito Público del
MEF a suscribir los contratos de garantía respectivos, en los términos y condiciones
establecidos en el Reglamento Operativo del Programa de Consolidación Patrimonial. Así,
se dictaron las Resoluciones Ministeriales: N° 144-99-EF/77 que aprobó el Reglamento
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