COMISIÓN DE TRANSPORTES – GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE CONCESIÓN DE LOS TERMINALES PORTUARIOS DEL CALLAO (MUELLE NORTE) Y PAITA (…)Podrá ser presentado por etapas Objeto, Numeral 2.7, tercer párrafo, Pg. 28 Debe decir: En tal sentido, los Servicios a cargo de la SOCIEDAD CONCESIONARIA se prestarán a todo usuario que los solicite bajo los principios de libre competencia, no discriminación e igualdad ante la Ley, neutralidad, prohibición de transferencias de precios, contabilidad separada y libre elección, preservando la infraestructura del Estado, así como su capacidad operacional y productiva respecto de entidades del Estado vinculadas al área de influencia de la concesión. SECCIÓN VI: DE LAS OBRAS DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Aprobación del Expediente Técnico, Pg. 50, Numeral 6.3, primer párrafo. Debe decir: A fin de compatibilizar el Expediente Técnico con las actividades operacionales y/o productivas del sector naval estratégico, colindante o cercana, la SOCIEDAD CONCESIONARIA coordinará previamente con el Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú la elaboración y alcances del Expediente Técnico, debiendo de respetar las premisas de seguridad, estrategia y defensa que pudieran determinarse en la interacción. Objeto, Numeral 2.7, tercer párrafo, Pg. 28 DICE : En tal sentido, los Servicios a cargo de la SOCIEDAD CONCESIONARIA se prestarán a todo usuario que los solicite bajo los principios de libre competencia, no discriminación e igualdad ante la Ley, neutralidad, prohibición de transferencias de precios, contabilidad separada y libre elección. SECCIÓN VI: DE LAS OBRAS DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Aprobación del Expediente Técnico, Pg. 50, Numeral 6.3, primer párrafo. DICE: La Sociedad Concesionaria, dentro de los ocho meses contados a partir de la fecha de suscripción de los contratos deberá presentar a la APN para su aprobación, por lo menos el expediente técnico correspondiente a las etapas 1 y 2 a las que se refiere la presente clausula. El Expediente Técnico de cada etapa deberá comprender cuando menos lo dispuesto en el anexo 6. Asimismo, forma parte integrante del expediente técnico el plan de conservación de acuerdo a las condiciones establecidas en las clausulas 7.3 a 7.7 INFORME FINAL - Junio 2012---- 71

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