han hecho un trabajo técnico. Lo que intentamos establecer es, cuales han sido esas válvulas de
escape, que por un lado ustedes nos señalan en el informe muy bien hecho. Según veo, que no
existen las normas adecuadas a un sistema moderno, entendería yo. Porque en otras ocasiones, en
otras reuniones, hemos sabido cómo han sido transferidos estos dineros del país y que es parte
del patrimonio nacional.
La pregunta es: Si bien la Superintendencia, que está a cargo de ustedes, no ejerce un control,
diríamos pues, policial, ni ejerce un control de orden judicial, ustedes en su entender, no sé si lo
hacen ahora o más adelante, ¿creen que la legislación peruana está demasiada atrasada o que una
legislación más moderna también provocaría que en el sistema peruano no se acerquen los
capitales?
Es una pregunta algo complicada. Por un lado necesitamos que haya seguridad en el sistema,
pero por otro lado, necesitamos que en el sistema no vienen los capitales, porque con respecto a
eso de los 10 mil dólares y reporte de los 10 mil dólares, que era una cifra insignificante para el
comercio exterior y quizás para el comercio nacional, no tenía una significación económica
como para entender que eso podía provenir del lavado de dinero. Y como las reglas o las leyes o
las normas están tan mal, más afectaba al que se portaba bien que al que se portaba mal. Porque
esto tiene una connotación un poco más trascendental que tiene un origen desde la partida de
nacimiento. Es decir, de cómo sale el dinero a través del Ministerio de Economía, se firmaban
cheques, una serie de cosas que sería largo enumerar pero que están ahí.
En consecuencia, ahí, señor superintendente, no sé si ahora o después, podrían ustedes
alcanzarnos este tipo de inquietud que tenemos para poderla trabajar en conjunto y poder hacer
un dictamen que mejore este aspecto de la legislación peruana.
Gracias, señor Presidente.
El señor SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS, Luis Cortavarría Checkley.—
Para contestar eso y complementar un poco la inquietud que plantea, no sé si es que seguimos o
esperamos al Presidente.
Seguimos. Bueno, en principio, para contestar a su pregunta, si la ley peruana, la Ley de Bancos
necesita modificaciones para que sea más moderna, yo creo que la ley peruana necesita sí
algunas precisiones pero no en términos de modernidad sino yo creo que hay temas que ajustar
ahí como, por ejemplo, con respecto a límites de créditos de operaciones financieras, ese límite
tiene que ser ajustado, hay varios aspectos de carácter técnico que deberían ser ajustados.
Pero en términos de modernidad, yo creo que esa ley está bastante bien. Ahora, de repente entran
muchos detalles. Lo que falta creo también es ajustar en términos de los procesos de
intervención. El proceso de intervención y de vigilancia son aspectos que deben ser cambiados o
ajustados.
De otro lado, creemos sí que hay que introducir temas relacionados con la unidad de análisis
financiero que luego vamos a conversar.
El señor PRESIDENTE.— Señor Superintendente, es muy puntual lo mío.
No sé si al momento que yo salí usted. Yo lo que quisiera tener muy claro, y así sí o no, así de
simple, es: ¿está autorizado a operar por el Perú, por la Superintendencia la aplicación del
artículo 11.° estos bancos y otros que nos agregado en el informe que han entregado aquí off
shore en el Perú o no? ¿Y cuál es el país matriz de cada uno? Esas dos cosas quisiera muy
puntualmente que me pudiera precisar.
El señor SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS, Luis Cortavarría Checkley.—
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