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La evaluación y calificación de la cartera de créditos no se ajustó a los criterios
establecidos en la Resolución S.B.S. N° 572-97 del 20 de agosto de 1997 emitida por
la Superintendencia. En ese sentido, la División de Auditoría Interna a través de su
Departamento de Auditoría de Créditos no dio cabal cumplimiento a la norma
precitada, función que le correspondía de acuerdo a las normas internas del Banco.
Los créditos sujetos a crítica, producto de la evaluación de la cartera de créditos,
alcanzaron S/.718’841,000, representando el 64.1% de la muestra evaluada,
incrementándose en 173 % respecto al último cálculo efectuado en la visita de julio de
1997. Asimismo, la cartera pesada ascendió a S/.521’571,000 (Deficiente, Dudoso y
Pérdida) equivalente al 46.5 % de la muestra evaluada y al 269.5 % del capital y
reservas al 30 de noviembre de 1998.
Continuaron las discrepancias en la calificación de la cartera de créditos comerciales
hacia categorías de mayor riesgo respecto a la asignada por el Banco, sumaron 106
deudores con responsabilidades ascendentes a S/.593’688,000, los mismos que
representaron el 70.6 % del monto de la cartera evaluada, incrementándose en 64%
con relación al cálculo efectuado en la visita de inspección de julio de 1997.
El déficit de provisiones continuó incrementándose, alcanzando la suma de
S/.100’693,000, correspondiendo a la evaluación del 38% del monto total de la cartera
de créditos al 30-11-98, que significó un incremento de 121 % respecto a lo
establecido en junio de ese mismo año 1998.
SITUACION PATRIMONIAL.- Producto del constante déficit de provisiones, en esta
visita de inspección a diciembre de 1998, el total de la pérdida estimada en su
conjunto ascendió a S/.182’862,000. En tal sentido, en uso de sus nuevas
atribuciones y facultades concedidas, la Superintendencia aplicó contra la reserva
legal y la mayor por parte del capital un monto de S/.166’394,000, el mismo que
absorbió el 86% del patrimonio de la empresa.
Finalmente, en este punto, es importante desatacar que en las cinco ( 5 ) visitas de
inspección no se cumplió con aplicar en lo que resultaba pertinente el Manual de
Procedimientos de Inspección para Instituciones Financieras vigente desde 1982,
que explica las limitaciones de los informes que no cubren todos los aspectos que
establece el referido Manual. Se puede destacar que de los informes no se evidencia la
aplicación de los siguientes procedimientos:
Evaluación de la Auditoría Interna y Externa.
Organización de los Papeles de Trabajo- no se observa llamadas a referencias de
papeles.
No se alude a un proceso de Planificación y Control de la Inspección.
No se evidencia la utilización de Cuestionarios de Control Interno.
No se evidencia un trabajo sobre revisión analítica de ingresos y gastos.
No se evidencia que se hayan empleado procedimientos de verificación.
No se cumplió con aplicar los procedimientos existentes para el caso de las Empresas
Vinculadas.
No se cumplió con aplicar los procedimientos de evaluación de deberes y
responsabilidades del Directorio así como los procedimientos de Evaluación
Administrativa.
Igualmente, por los resultados obtenidos en las visitas de inspección, la SBS no habría
dado cumplimiento a los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria
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