I.7 Caso: El proceso de privatización de Electro Norte S.A., Electro Nor Oeste S.A.,
Electro Norte Medio S.A. (Hidrandina S.A.) y Electro Centro S.A.
Las 4 empresas eléctricas tienen como actividad principal la distribución de energía
eléctrica dentro del área de sus concesiones autorizadas comprendidas en los departamentos de
Tumbes, Piura, Ancash, La Libertad, Junín, Pasco, Huancavelica, Huánuco, y las principales
provincias de Lambayeque, Cajamarca, Amazonas y Ayacucho, con un ámbito de influencia
geográfica y demográfica de 35% del territorio nacional y alrededor de 11 millones de
habitantes.
Al momento de su inclusión en el proceso de promoción a la inversión privada, estas
empresas presentaban pérdidas acumuladas de aproximadamente S/. 600 millones y un
patrimonio acumulado de alrededor de S/. 900 millones.
La Pre privatización
El Comité Especial de Privatización de las Empresas Regionales de Electricidad (CEPRI
EE.RR.EE)4 contrató a la firma Interinvest S.A. para que realice la valoración de las empresas.
El estudio se basó en los flujos de caja descontados de un negocio en marcha y concluyó en una
valorización de más de US $ 280 millones (más de S/. 900 millones). Sin embargo el CEPRI
finalmente utilizó el criterio de los Valores Nuevos de Reemplazo establecidos por la Comisión
de Tarifas de Energía que daban un valor menor.
Como objetivo fundamental en este proceso, el CEPRI EE.RR.EE consignó fomentar la
participación del inversionista nacional, hecho que debía ser demostrado con la nacionalidad de
las personas naturales o con domicilio legal en el país de por lo menos los últimos cinco años y
para lo cual se ofreció una serie de cuestionables facilidades aprobadas y dirigidas por la
COPRI:
•
Se ofreció la posibilidad de vender un paquete de 30% de acciones del capital social de
cada empresa y bajo un sistema de pago a plazos. Un restante 30% de acciones se
mantenía en fideicomiso por 2 años y sobre él, el ganador de la Buena Pro tenía una
opción preferente de compra.
•
El sistema de pago a plazos implicaba que el ganador de la Buena Pro adquiría el 30% de
la empresa (fueron 4 subastas diferentes) y debía cancelar en la fecha de firma del
Contrato el 10% de este paquete, es decir un equivalente al 3% del total del accionariado
de las empresas. El saldo podían pagarlo hasta en 12 años con 3 años de gracia donde sólo
pagarían intereses mediante cuotas semestrales. La tasa de interés que se le aplicó al saldo
financiado fue una tasa claramente subsidiada igual a LIBOR a 180 días más 2%.
4
Integrado por Manuel Kiyán (Presidente), Jesús Beoutis Ledesma, Hugo Loureiro, Alonso Rey Bustamante y
Jorge Liceti Hilbck (Secretario)
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