El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias, doctora Merino.
Para entender correctamente, lo que debemos colegir, entonces, de esta presentación, es que la Sunat
consideraría una intromisión informal de la comisión, a quienes ha abierto un proceso de fiscalización,
por solicitud de la comisión ¿y qué plazos toma esto? Porque el interés de la comisión es tener claro cómo
va a funcionar la propia comisión. La comisión tiene plazos perentorios, y tiene que tener una idea clara
dentro de esos plazos de qué información podrá tener en sus informes.
Entonces, creo que en su caso, doctora Merino, que ha sido parte del Congreso, sabe que las comisiones
investigadoras tienen plazos determinados; y, para poder presentar sus informes tienen que tener claro qué
materiales van a poder disponer en este terreno. Si nosotros tuviéramos una idea de qué operaciones
precisas, y en qué estado está cada una y qué van descubriendo; cosa que nos quedó claro de la
conversación, era una cosa que correspondía al ejercicio de la administración tributaria. Sin embargo,
creo que es fácil entender para Sunat, que en los plazos que las comisiones tienen es importante saber si
van a poder disponer de la información solicitada, porque de otra manera tendrían que proceder a procesar
ellas mismas los elementos de información que tuvieran sobre el funcionamiento de las empresa, para
poder tener una lógica sobre hasta dónde puede llegar su acción.
Entonces, éste es el centro del asunto ¿no?, del interés nuestro, es tener una noción de los procesos, qué
plazos tienen para culminarse, tener una idea de si vamos a poder tener dentro de los plazos de
funcionamiento de la comisión, la información respectiva para tener una noción clara de cómo actuar, en
el sobreentendido de que las acciones de fiscalización como tal, en función de comunicaciones anteriores,
están iniciados o en curso; pero, nuestro interés básico era éste.
Finalmente, también, queríamos como una noción general, en esta reunión, entender con más precisión,
en qué consiste un proceso de fiscalización. Es decir, cuál es el conjunto de acciones que se llevan
adelante. Por ejemplo, si las fiscalizaciones como tal incluyen el estudio del origen de las rentas; si las
fiscalizaciones incluyen examen de Registros Públicos; de Notarías; de municipalidades; de colegios y
universidades; de clubes; si incluyen tarjetas de crédito; si incluyen donaciones, préstamos. Para tener una
idea con los resultados que tengan la investigaciones; si hay elementos que Sunat no interviene, o en los
que no interviene en este terreno. Porque nos hemos encontrado que otros órganos como las fiscalías, por
ejemplo, tiene determinadas limitaciones para intervenir en determinados procesos, y no lo registran en su
investigación. Entonces, esto nos daría una noción más clara de cuál es el ámbito que una fiscalización
cubre en el caso de las personas o de las empresas.
LA SUPERINTENDENTA NACIONAL DE ADUANAS, doctora Beatriz Merino Lucero.— Señor
Presidente, me queda muy claro de sus palabras; y, creo que usted ha entendido también que con relación
a las fiscalizaciones que se mencionan en nuestro oficio N.° 179 no podemos por las razones —que he
señalado— legales, mencionar ninguna consideración. Sin embargo, sí podemos dar respuesta a su
solicitud de —digamos— los procesos de fiscalización. Yo lo voy a pedir tanto primero al doctor Tovar
como al señor Zavaleta que le hagan una muy detallada explicación de cómo funciona el proceso de
fiscalización en todos los casos, a los contribuyentes.
El INTENDENTE NACIONAL JURÍDICO, señor Eduardo Tovar.— Sí, señor Presidente.
Efectivamente, cuando la administración comienza a fiscalizar a los contribuyentes, estudia previamente
los antecedentes y los elementos previos que se tiene para que en función a eso programar la
fiscalización. Es decir, una fiscalización, el tiempo que demore cada fiscalización dependerá del tipo del
nivel de la dimensión del contribuyente. Y, una vez iniciado incluso (2) fiscalización, ésta puede ir
modificándose en cuanto a plazos, porque el contribuyente puede pedir prórrogas para presentar
información. Porque en el camino pueden comenzar a encontrarse nuevos elementos. Porque no sólo la
administración se remite a la documentación del contribuyente sino solicita la información a terceros. Va
a otros contribuyentes, va a Registros Públicos, puede ir a Migraciones; nos demoran las fiscalizaciones si
es que por ejemplo vamos a pedir información bancaria. Lamentablemente en la actualidad la legislación
nos limita en ese aspecto; y, tenemos que recurrir al juez para que nos levante el secreto bancario.
Entonces, todos estos detalles conllevan a que el tiempo para sacar un resultado concreto, pues comienza
a ajustarse permanentemente a través de las fiscalizaciones que vamos realizando.
De esta manera, lo que podemos ir informándoles es en forma genérica, qué acciones vamos adoptando
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