Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001
Área de Salvataje Bancario
13-jun-02
Auditora resaltó que en el informe emitido no expresaban opinión alguna
en ese sentido. Asimismo, la Sociedad Auditora señaló que si hubieran
efectuado procedimientos adicionales, otros asuntos podrían haber llamado
su atención y, en ese caso tales asuntos hubieran sido informados a los
Bancos.
Finalmente, en esta parte la Sociedad Auditora señaló que los principios de
auditoría generalmente aceptados en el Perú, requieren que se realicen
estimaciones en base a la información y evidencias disponibles que afectan
los ajustes reportados y las revelaciones de hechos importantes. En este
sentido, señalan la importancia que las conclusiones y ajustes del presente
informe estaban basados únicamente en la evidencia disponible a la fecha de
su revisión y en la información proporcionada por la Gerencia del Banco.
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