metodología o plan de trabajo de la subcomisión encargada de investigar la Denuncia Constitucional 409 1
84 formulada contra Víctor Enrique Caso Lay, por la presunta comisión de delito de asociación ilícita
para delinquir, abuso de autoridad en la modalidad de incumplimiento de deberes y omisión de denuncia,
modalidad agravada en agravio del Estado.
Para este efecto se les ha distribuido a los señores congresistas el proyecto que se ha elaborado y cuyo
tenor es como sigue:
Subcomisión Investigadora de la Comisión Permanente del Congreso de la República encargada de
investigar la Denuncia Constitucional N.° 84.
Plan de "Frabajo:
1.
Materia de la Denuncia Constitucional
Conforme se desprende del Informe Especial N.° 2, 2001-CGV 120 practicado por la Contraloría General
de la República, el ex Contralor General Víctor Caso Lay no cumplió con realizar las acciones del control
pertinente en relación al accionar de Vladimiro Montesinos Torres dentro del Servicio de Inteligencia
Nacional.
Según la denuncia constitucional efectuada por la Procuraduría se ha establecido que entre el 27 de junio
de 1993 y el 28 de junio del 2000, correspondiente a la gestión de Caso Lay, la Contraloría no llevó a
cabo ningún tipo de control en la mencionada dependencia estatal.
Se deberá establecer si el ex contralor Caso Lay cometió los delitos de asociación ilícita para delinquir,
abuso de autoridad cn la modalidad de incumplimiento de deberes y omisión de denuncia, modalidad
agravada en agravio del Estado.
Recopilación de información.
2.— El proceso ha considerado el trabajo en etapas, la primera de planeamiento y toma de datos iniciales,
una segunda de entrevistas a personas involucradas; una tercera de análisis y discusión al interior de la
subcomisión y finalmente la etapa de elaboración del informe final incluyendo conclusiones y
recomendaciones.
Se busca en la primera etapa obtener información de lo que es materia de la acusación a través de diversas
instituciones como la Procuraduría General de la República, Ministerio Público, Archivo Parlamentario,
etcétera.
Punto tres del plan de trabajo.
Testimoniales a establecer según devengan del procedimiento de investigación.
4.-- Diligencia fuera del país
En el caso de Víctor Enrique Caso Lay la subcomisión a través de sus congresistas deberán apersonarse a
los Estados Unidos de Norteamérica para lograr su declaración.
5.
Elaboración del informe preliminar.
6.
Elaboración del informe final, conclusiones y sugerencias.
Queda a debate el plan de trabajo y se ofrece la palabra .
Puede hacer uso de la palabra el congresista Santa María Del Águila.
El
señor SANTA MARÍA DEL ÁGUILA (PAP).—
Señor Presidente: En caso similar establecer la
lógica conformidad con el plan de trabajo y solamente me queda reiterar que hay que reconocer que hay
una predisposición por parte del denunciado a colaborar y facilitar lógicamente a fin de que podamos
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