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El Banco se encontraba incurso en la sanción prevista en el Artículo 219º de la Ley
General por haber otorgado créditos a las empresas del Grupo Picasso en exceso
de los límites legales.
B.3.2. Las decisiones producto de los resultados de la visita de inspección fueron:
a) Por parte de la SBS
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Una vez más la SBS no tomó ninguna decisión sobre los resultados y
recomendaciones efectuadas. Los Directivos responsables del ente supervisor no
apreciaron en este momento la verdadera magnitud del problema ocasionado por la
forma irresponsable en que se otorgaron los créditos a las empresas del Grupo
Picasso. Tampoco tomó la decisión de ampliar el alcance de esta inspección
específica a los préstamos otorgados a los otros grupos vinculados al Banco, como el
grupo Michell y el grupo Graña & Montero.
La SBS no tomó la decisión de exigir al Banco que cumpla con aplicar las
recomendaciones producto de la visita de inspección. Ello demuestra una vez más
que el ente supervisor no actuó con la diligencia del caso, más aún cuando en el
presente caso se había configurado una falta pasible de sanción, que no se aplicó.
Por lo tanto, se puede presumir que en una forma sistemática la Superintendencia
no ha aplicado las acciones pertinentes que para estos casos está facultada por
la Ley de Bancos . Como consecuencia de esta no intervención la deteriorada
situación financiera del Banco Latino se agudizó.
b) Por parte de los accionistas del Banco
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No se cuenta con información respecto a las decisiones adoptadas por los accionistas
sobre los resultados y recomendaciones de esta visita de inspección. Sin embargo,
considerando los resultados obtenidos por el Banco en períodos posteriores, se puede
establecer que, una vez más, no tomaron ninguna decisión sobre el caso; permitiendo
que la situación financiera del Banco siga deteriorándose.
c) Por parte del Directorio del Banco
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El 18 de febrero de 1997 en sesión de Directorio se aprobó la respuesta a ser
presentada ante la SBS, relacionada con las explicaciones a las observaciones
detectadas y a las recomendaciones formuladas; dicha respuesta es básicamente
enunciativa y no cuenta con los sustentos requeridos .
Se puede establecer que no se tomaron decisiones sobre los resultados y
recomendaciones de la visita de inspección; con la finalidad de levantar las
observaciones detectadas e implementar las recomendaciones planteadas.
d) Por parte de la Gerencia General del Banco
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Mediante carta GG-015/98, la Gerencia General presentó ante la SBS las
justificaciones sobre las observaciones y recomendaciones establecidas en el informe
de visita de inspección. Sin embargo, se puede observar que las explicaciones sólo
trataban de justificar las observaciones planteadas, sobre todo en la parte de la
vinculación de empresas al grupo Picasso y el otorgamiento de créditos sin contar con
garantías reales y debidamente constituidas, por tanto no contenían un programa
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